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Criterios de admisión
Criterios de admisión. Curso 2010/2011

Segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato.

CRITERIOS GENERALES DE PRIORIDAD
Puntos
I. Proximidad del domicilio o lugar de trabajo
a)

Domicilio familiar o del lugar de trabajo de uno o cualquiera de los padres o tutor, situado en el área de influencia en la que está ubicado el centro solicitado.

5

b)

Domicilio familiar o del lugar de trabajo de uno o cualquiera de los padres o tutor, situado dentro de las áreas limítrofes al área de influencia en la que está ubicado el centro solicitado.

2

c)

Domicilio familiar o del lugar de trabajo de uno o cualquiera de los padres o tutor, situado en otras áreas.

0

El domicilio familiar se acreditará mediante certificación expedida con dicha finalidad por el Ayuntamiento respectivo u otro documento equivalente.
La dirección del lugar de trabajo se acreditará mediante la aportación de un certificado expedido al efecto por el titular de la empresa o por el responsable del personal de la misma.

II. Existencia de hermanos matriculados en el centro o padres o tutores legales que trabajen en el mismo, con carácter acumulativo:

a) Primer hermano matriculado en el Centro. 5
b) Por cada uno de los restantes hermanos matriculados en el centro 2
c)

Por cada uno de los padres o tutores legales que trabajen en el centro.

5

III. Rentas anuales de la unidad familiar, atendiendo a las especificidades que para su cálculo se aplican a las familias numerosas:

a) Renta per cápita anual inferior o igual al salario mínimo interprofesional. 0,50
b) Renta per cápita anual superior al salario mínimo interprofesional. 0

IV. Concurrencia de discapacidad en el alumno o en alguno de sus padres o tutores legales o hermanos:

a)

Concurrencia de discapacidad física, psíquica y/o sensorial en el alumno solicitante

2
b)

Concurrencia de discapacidad física, psíquica y/o sensorial en alguno de sus padres o hermanos o, en su caso, del tutor legal

1

Deberá acreditarse que el alumno, sus padres o alguno de sus hermanos o, en su caso el tutor, tenga reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33%, que deberá acreditarse mediante la certificación emitida por el organismo público competente.

CRITERIOS COMPLEMENTARIOS
Puntos

I. Condición legal de familia numerosa:

a)

Familia numerosa general

2

b) Familia numerosa especial

3

II. Otras circunstancias relevantes apreciadas justificadamente por el órgano competente del centro

a)

Otra circunstancia apreciada por el Consejo Escolar o Titular del centro conforme a criterios públicos y objetivos.

1

Nota: - Renta "per cápita" anual de 2008:

 
 

- inferior o igual al salario mínimo interprofesional: 8.400 euros

0,50
 

- superior al salario mínimo interprofesional: 8.400 euros

0

Desempate:

Mayor puntuación por el orden siguiente: hermanos matriculados en el centro, padres que trabajen en el centro, proximidad del domicilio familiar, proximidad del domicilio laboral, discapacidad del alumno, discapacidad del padre o madre, discapacidad de algún hermano, mayor puntuación en la renta anual de la unidad familiar. (Ver art.12 Decreto 7/2007)

 

 

La Dirección General de Personal y Centros Docentes celebrará un sorteo público que tendrá lugar el día 5 de abril de 2010 a las 12 horas en la Sala Camino de Santiago, calle Marqués de Murrieta, 76 (Ala Oeste), 2ª planta, para dirimir las posibles situaciones de empate que pudieran producirse, una vez establecido el orden de prioridad anterior. (Señalamiento)

 

Formación Profesional de Grado Medio y Superior

1. Acceso directo

Cuando en un centro no existan plazas suficientes para atender todas las peticiones de ingreso, se tendrá en cuenta la nota media del expediente académico de la titulación que les da acceso, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29.2 del RD 1538/2006, de 15 de diciembre. Así, se ordenarán las solicitudes de mayor a menor puntuación y se asignarán las vacantes siguiendo ese orden de prioridad. En el caso de los ciclos formativos de Grado Superior, la valoración del expediente estará referida a las modalidades y materias vinculadas para cada título.

2. Acceso mediante prueba

Se reserva un cupo de un 20% del total de plazas para el acceso a través de esta prueba. Cuando en un centro no existan plazas suficientes para atender todas las peticiones de ingreso, se tendrá en cuenta la nota final de la prueba de acceso, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29.2 del RD 1538/2006, de 15 de diciembre.
Según el artículo 21.3 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, quienes tengan superada la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años quedarán exentos de la realización de la prueba de acceso. Se reserva un 5% del total de plazas para el acceso por esta última vía.
Según la disposición adicional segunda del RD 1538/2006, de 15 de diciembre, quienes acrediten que tienen reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33 % mediante la certificación emitida por el organismo público competente, se reservará para alumnos con discapacidad, un 5 % del total de plazas.

Criterios específicos de prioridad en determinadas enseñanzas


  • Para cursar Educación Primaria, Secundaria Obligatoria y Bachillerato en un centro determinado, tendrán prioridad los alumnos que procedan, respectivamente, de los centros de Segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria que estén adscritos a éste.
     

  • Escuelas Oficiales de Idiomas. Son criterios generales de prioridad: ?la proximidad al domicilio, lugar de trabajo o estudio de la zona territorial de influencia del centro?; ?la condición legal de familia numerosa? ; ?la concurrencia de discapacidad igual o superior al 33% en el solicitante, sus padres o hermanos que convivan con el interesado? y  ?la condición de funcionario docente de la Comunidad Autónoma de La Rioja?.

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